CÓDIGO CIVIL. (Publicado por Real Decreto de 24 de julio de 1889)
Ley 21/1987,
de 11 de noviembre, por la que se modifican determinados artículos del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia
de adopción.
Ley de Enjuiciamiento Civil, aprobada por Real Decreto de 3 de febrero de 1881
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento
Civil
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la
Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, reformada por Ley 8/2000, de 22 de diciembre.
Real Decreto 864/2001 de 20 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Ley General de la Seguridad Social aprobada por Real Decreto
Legislativo 1/1994 de 20 de junio
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo
(con las modificaciones introducidas por la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral
de las personas trabajadoras)
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (con las modificaciones
introducidas por la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras)
Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
Código
Penal. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.
Registro Civil. Instrucción de 15 de febrero de 1999, sobre constancia registral
de la adopción. Ministerio de Justicia. Dirección General de los Registros y del Notariado
Decreto de 14 de noviembre de 1958,
por el que se aprueba el Reglamento del Registro Civil
Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil. Decreto de 14 de noviembre
de 1958, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
CONVENIO DE LA HAYA,
DE 29 DE MAYO DE 1993, RELATIVO
A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
Instrumento de ratificación del referido Convenio
por España. BOE núm.182. Martes 1 de Agosto de 1995.
Para tener una información atualizada pueden dirigirse a la web de la propia
Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado. :
Las Comunidades Autónomas han legislado, en el ámbito de sus competencias, en materia de
adopción en sus leyes de protección de menores y específicamente en materia de acreditación deentidades colaboradoras de adopción
internacional. (Ver direcciones páginas web en la relación de Organismos Públicos de Protección de Menores.